El Reglamento de Servicios Integrales de Salud en el Trabajo (SISAT), establecido mediante el Acuerdo Ministerial MSP 00004-2026, introduce el nuevo marco normativo de salud ocupacional en Ecuador. Esta regulación reemplaza el antiguo Reglamento de Servicios Médicos de Empresa (AM 1404 de 1978) e incorpora un modelo integral basado en categorías definidas según el número de trabajadores y el nivel de riesgo de cada organización.
La normativa establece requisitos sobre la conformación del equipo de salud, tiempos mínimos de atención, evaluaciones médicas ocupacionales, habilitación de profesionales ante la ACESS, permisos de funcionamiento y la protección de la información médica de los trabajadores.
¿A quién aplica el Reglamento SISAT?
El reglamento es obligatorio para todos los empleadores públicos y privados del país, incluyendo instituciones de las Fuerzas Armadas y organismos de seguridad.
Como excepción, las micro y pequeñas empresas con entre 1 y 24 trabajadores clasificadas como de bajo riesgo no están obligadas a implementar un SISAT completo, aunque sí deben obtener anualmente el Certificado de Salud en el Trabajo y realizar evaluaciones ocupacionales cuando los riesgos de la actividad lo requieran.
¿Qué es el SISAT?
El SISAT es el nuevo modelo nacional de salud ocupacional que sustituye el esquema tradicional de servicio médico empresarial vigente desde 1978.
Su finalidad es garantizar la prevención, vigilancia y promoción de la salud de los trabajadores mediante servicios organizados según el tamaño y nivel de riesgo de la empresa.
Principales cambios respecto al AM 1404
- Deroga completamente el Reglamento de Servicios Médicos de Empresa de 1978.
- Introduce cinco categorías de implementación del SISAT.
- Define el personal mínimo requerido según el tamaño de la empresa.
- Establece tiempos mínimos de dedicación médica.
- Exige habilitación profesional ante la ACESS.
- Obliga a contar con permisos de funcionamiento para los establecimientos de salud ocupacional.
- Fortalece la confidencialidad de la historia clínica ocupacional.
- Incorpora indicadores de gestión y seguimiento de la salud laboral.
Categorías del SISAT
| Categoría | Tipo de empresa | Número de trabajadores |
|---|---|---|
| I | Microempresa (riesgo medio o alto) | 1 a 24 |
| II | Pequeña empresa (riesgo medio o alto) | 25 a 49 |
| III | Mediana empresa tipo A | 50 a 99 |
| IV | Mediana empresa tipo B | 100 a 199 |
| V | Gran empresa | 200 trabajadores o más |
Cuando una empresa desarrolla actividades de alto riesgo y cuenta con menos de 50 trabajadores, deberá cumplir los requisitos establecidos para la Categoría III.
Personal de salud requerido
- Categorías I, II y III: Médico ocupacional con visitas periódicas documentadas de al menos 40 minutos mensuales por trabajador.
- Categorías IV y V: Equipo permanente de salud con jornada de ocho horas diarias, incluyendo personal de enfermería.
- Desde los 300 trabajadores deberá incorporarse un profesional de psicología orientado a la salud mental.
- A partir de los 1.000 trabajadores será obligatorio contar con un especialista en Medicina del Trabajo como responsable del SISAT.
- En empresas de Categoría V se deberá incorporar un profesional de salud adicional por cada 300 trabajadores.
- Todo el personal deberá encontrarse habilitado y registrado ante la ACESS.
Evaluaciones médicas ocupacionales
El reglamento establece la realización de evaluaciones durante todo el ciclo laboral, incluyendo:
- Examen preocupacional.
- Evaluaciones periódicas.
- Evaluaciones por reintegro laboral.
- Evaluaciones especiales cuando exista exposición a riesgos.
- Evaluación de retiro.
- Emisión del Certificado de Salud en el Trabajo.
La historia clínica ocupacional mantiene carácter confidencial. El empleador únicamente podrá conocer el certificado de aptitud laboral, sin acceso a diagnósticos médicos.
Permisos de funcionamiento
Tanto los servicios propios como los prestadores externos deberán disponer de un permiso de funcionamiento vigente y cumplir con los requisitos de infraestructura, equipamiento, talento humano y estándares técnicos definidos por la ACESS.
Cronograma de cumplimiento
| Plazo | Obligación |
|---|---|
| 8 meses | Emisión de lineamientos técnicos y normativa de establecimientos por parte del MSP. |
| 1 año | Registro y habilitación de médicos, enfermeros y psicólogos ante la ACESS. |
| 2 años | Certificación vigente en Soporte Vital Básico (BLS) para el personal de salud. |
| 2 años | Obtención del permiso de funcionamiento para los establecimientos de salud ocupacional. |
Autoridades responsables
El Ministerio de Salud Pública es responsable de supervisar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la salud ocupacional, mientras que el Ministerio del Trabajo mantiene sus competencias sobre seguridad laboral y prevención de riesgos.
¿Cómo puede ayudar Tagline?
Tagline brinda asesoría para identificar la categoría SISAT correspondiente, evaluar el cumplimiento de proveedores de salud ocupacional, diseñar el plan de salud en el trabajo y generar toda la documentación requerida por la normativa.
Además, ofrece servicios de medicina ocupacional que incluyen evaluaciones preocupacionales, periódicas, de reintegro y de retiro, facilitando el cumplimiento del Acuerdo Ministerial MSP 00004-2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el SISAT?
Es el nuevo sistema nacional de salud ocupacional que organiza los servicios médicos laborales según el tamaño y el nivel de riesgo de cada empresa.
¿Cuándo entra en vigencia?
El reglamento entra en vigor con su publicación en el Registro Oficial. Posteriormente se establecen plazos de implementación que van desde ocho meses hasta dos años para cumplir las obligaciones transitorias.
¿Quiénes deben implementarlo?
Todos los empleadores públicos y privados, salvo las micro y pequeñas empresas de bajo riesgo con entre 1 y 24 trabajadores, que únicamente deberán cumplir con el Certificado de Salud en el Trabajo y las evaluaciones exigidas.
¿El AM 1404 continúa vigente?
No. El Reglamento de Servicios Médicos de Empresa fue derogado y sustituido por el nuevo modelo SISAT establecido mediante el Acuerdo MSP 00004-2026.
¿Cómo saber qué categoría corresponde a mi empresa?
La clasificación depende del número de trabajadores y del nivel de riesgo de las actividades desarrolladas por la organización.
¿Quién controla el cumplimiento?
La vigilancia sanitaria corresponde al Ministerio de Salud Pública, a través de la ACESS, mientras que el Ministerio del Trabajo mantiene las funciones relacionadas con seguridad laboral y prevención de riesgos.
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